Saltar al contenido

Solicita la residencia para nómadas digitales desde España

Presenta en línea la solicitud inicial de residencia para teletrabajo ante la UGE, la unidad del Ministerio de Inclusión que la tramita, mientras ya estás en España.

Para quién: Un teletrabajador de fuera de la UE que ya está en España legalmente, o que tiene un visado para teletrabajo, y quiere la autorización de residencia.

Última comprobación

Coste
La tasa es de 73,26 euros por una solicitud inicial, para el titular y para cada familiar. Es el importe que indica la UGE en la fecha de revisión. UGE: preguntas frecuentes sobre teletrabajadores
Tiempo
La ley da a la UGE 20 días desde la presentación electrónica. Si no hay resolución en ese plazo, la autorización se entiende concedida por silencio administrativo. Ley 14/2013, art. 76

Qué necesitas

Pasos

  1. Reúne los documentos de la lista de la UGE, con traducciones juradas y apostillas cuando un documento extranjero no esté en español.

    Los documentos públicos extranjeros deben estar apostillados o legalizados.

    UGE: lista de documentos de la solicitud inicial

  2. Descarga el formulario MI-T de la página del procedimiento en la sede electrónica, rellénalo y fírmalo.

    Sede electrónica: página del procedimiento

  3. Paga la tasa en línea con el modelo 790 código 038, punto 7, y guarda la referencia de pago NRC.

    Puedes pagar con tarjeta, con adeudo en cuenta o con Bizum, o imprimir el modelo y pagar en un banco.

    Sede electrónica: página del procedimiento

  4. Entra en la sede electrónica del Ministerio de Inclusión y elige el procedimiento de autorizaciones de residencia por movilidad internacional.

    Sede electrónica: página del procedimiento

  5. Identifícate con tu certificado electrónico, o haz que un representante autorizado presente la solicitud por ti.

    Un representante necesita un poder inscrito en el registro electrónico de apoderamientos (Apodera).

    Sede electrónica: página del procedimiento

  6. Adjunta el formulario firmado, el justificante de pago con el NRC y todos los documentos que acompañan la solicitud, y envíala.

    La solicitud y los documentos posteriores deben presentarse siempre por la sede electrónica.

    UGE: página de solicitudes

  7. Vigila la sede electrónica por si te llega un requerimiento para subsanar el expediente y respóndelo en un plazo de 10 días.

    Si no respondes a tiempo, se te tendrá por desistido de la solicitud.

    Sede electrónica: página del procedimiento

  8. Si pasan 20 días sin resolución, pide la resolución por silencio en la sede electrónica, en el apartado de Subsanación.

    Usa Alta de Solicitud, identifícate con tu certificado y entra después en Subsanación.

    Sede electrónica: página del procedimiento

Has terminado cuando: Tienes una resolución concedida (o la resolución por silencio) de la UGE para tu autorización de residencia para teletrabajo.

Errores habituales

Qué cambia según el sitio

La sede electrónica es la única vía para presentar estas solicitudes, así que no hay oficina ni provincia que elegir. Los nombres exactos de las pantallas de la sede pueden cambiar.

Contexto: lee la guía (en inglés)

Quién puede hacerlo por ti

Esta página es información general, no asesoramiento jurídico.